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Lanza Seduvi plataforma para Dictámenes de Estudio de Impacto Urbano

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El Dictamen de Estudio de Impacto Urbano evalúa y dictamina las posibles alteraciones que un proyecto puede causar al entorno urbano ambiental

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México (Seduvi) lanzó la plataforma de consulta de los Dictámenes de Estudio de Impacto Urbano, Modificaciones y Prórrogas Positivas; la cual incluye datos de diciembre de 2018 a febrero de 2022.

Dicha plataforma contiene los 184 dictámenes emitidos desde 2018; mismos que se pueden buscar por dirección y uso general. Y, una vez localizado el predio, se puede descargar, para su consulta, el Estudio de Impacto Urbano, la Modificación o Prórroga.

La plataforma está disponible para consulta de la población en la página web de la Seduvi, mediante el siguiente enlace: http://data.seduvi.cdmx.gob.mx.

Dictamen de Estudio de Impacto Urbano

Asimismo, la dependencia capitalina precisó que el Dictamen de Estudio de Impacto Urbano se emite con la finalidad de evaluar y dictaminar las posibles alteraciones que un proyecto inmobiliario puede causar al entorno urbano ambiental del área donde se pretenda realizar.

De esta manera, será posible establecer las medidas adecuadas para la prevención, integración y/o compensación. Esto, considerando que la programación de la ejecución sea correspondiente con el avance de la obra.

Este trámite consta de cuatro etapas:

  1. Ingreso de documentación en Ventanilla. El particular presenta ante la Seduvi el Estudio de Impacto Urbano; el cual debe contener el análisis normativo, un Estudio Hidráulico, un Estudio de Movilidad, estudio de riesgo y la carpeta del estudio para Alcaldía. Una vez presentada la información, se analiza para optimizar y racionalizar el uso del suelo, la infraestructura urbana existente y los recursos naturales; y así evitar o minimizar los riesgos e impactos negativos en el entorno urbano. Una vez realizado el análisis, se emite la Opinión Técnica.
  2. Emisión del Dictamen. Una vez que se conoce la opinión y medidas de integración establecidas por las dependencias correspondientes, se analiza que sean congruentes en la materia de cada instancia, para emitir el Dictamen según sea el caso (Positivo, Negativo o No Procedente).
  3. Cumplimiento de las medidas de integración urbana y condiciones. El particular, además de presentar reportes de manera trimestral, deberá llevar las gestiones correspondientes con cada órgano administrativo, según sea la materia en cuestión. Una vez que la Seduvi cuente con la Opinión de Cumplimiento de cada una de las dependencias, se podrá emitir un oficio de cumplimiento de las Medidas impuestas en el Dictamen.
  4. Finalmente, con la liberación de las Medidas de Integración Urbana, la Alcaldía podrá otorgar la Autorización de Uso y Ocupación del inmueble.
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Fernanda Hernández

Reportera y redactora en Centro Urbano. Soy egresada de la licenciatura en Ciencias de la Comunicación de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales (UNAM). Me interesa la cultura, el urbanismo y la arquitectura. Amante del mundo digital, el cine, la música, la lectura y la escritura.


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