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Testamento: la terminología necesaria para otorgarlo

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De acuerdo con la Secretaría de Gobernación, el costo del testamento varía en cada entidad, y en algunos lugares se ofrecen descuentos a adultos mayores

Con un testamento es posible garantizar que los derechos sobre determinada propiedad se puedan trasmitir en forma ordenada y pacífica a quien la persona quien lo otorga decida, y, aunque puede resultar difícil decidir a quién heredar el patrimonio, al hacerlo se evitan conflictos futuros a los seres queridos.

Además, cabe mencionar que se tiene la opción de modificar el testamento cuando se desee si se cambia de opinión.

Leonardo González, analista de Real Estate del portal inmobiliario Propiedades.com, destacó que los inmuebles intestados tienen una alta probabilidad de comercializarse nuevamente a través de un remate de adjudicación que será aprobado por un juez.

Septiembre es el ‘Mes del Testamento’, en el que los notarios de todo el país ofrecen descuentos y horarios extendidos para que la gente pueda acudir a realizar el suyo. De acuerdo con la Secretaría de Gobernación (Segob), el costo del testamento varía en cada entidad, los precios van de los 870 pesos en Morelos a 3,000 pesos en Tlaxcala, y en algunos lugares se ofrecen descuentos a adultos mayores.

Sin embargo, expertos sugieren que, para otorgar correctamente un testamento, es importante conocer la terminología que se usa con más frecuencia, es decir:

  • Testador

Es la persona que otorga el testamento, y lo que debe hacer es acudir ante el notario público con documentos de identificación, CURP, datos generales como lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, ocupación, domicilio y los nombres completos de su familia, incluidos padres, cónyuge e hijos.

El Colegio Nacional del Notariado Mexicano (CNNM) menciona que el testador deberá informar si presenta alguna discapacidad visual, auditiva, motriz o del habla, y no es necesario que lleve una lista completa de sus bienes, a menos que decida dejar uno específico a alguna persona.

De no haber testamento, la ley establecerá quiénes serán los herederos y en qué proporción, lo que puede provocar que la familia enfrente gastos elevados, pérdida de tiempo y en ocasiones conflictos entre aquellas personas que consideren tener derecho a recibir los bienes.

  • Legatario

Ésta es la persona designada para recibir algún bien en específico. Un ejemplo de cómo se especifica el legatario en el testamento es: “Designo legatario del terreno ubicado en (dirección completa) a mi sobrino (nombre)”.

  • Herederos

Son las personas que recibirán la totalidad de los bienes, derechos y obligaciones del testador. En caso de que sean dos, o más, es necesario mencionar la proporción que cada uno de ellos recibirá de la herencia.

  • Albacea

Es una persona, nombrada por el testador, que se encargará de dar cumplimiento a lo dispuesto en el testamento.

  • Tutores y Curadores

Dentro del testamento es posible nombrar tutores para menores de edad o personas que sufran alguna incapacidad y que sean herederos. Los tutores se encargarán de su cuidado y el de sus bienes, y, en caso de ser necesario, serán sus representantes jurídicos.

Por otro lado, el curador es la persona que se encargará de vigilar que el desempeño del tutor sea el adecuado, y si considera que es perjudicial para los menores deberá notificarlo ante un juez.

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Fernanda Hernández

Reportera y redactora en Centro Urbano. Soy egresada de la licenciatura en Ciencias de la Comunicación de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales (UNAM). Me interesa la cultura, el urbanismo y la arquitectura. Amante del mundo digital, el cine, la música, la lectura y la escritura.


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