Piden ser tomados en cuenta para modificaciones a ley de propiedad en condominio
A más de un mes de haber solicitado una mesa de diálogo con autoridades del gobierno capitalino y la Asamblea Legislativa (ALDF), con el fin de lograr modificaciones a la nueva Ley de Propiedad en Condominio del Distrito Federal, el Instituto de Administradores de Inmuebles (IAI) afirmó que hay oídos sordos a esta petición y consideraron que no es capricho buscar adecuaciones a la legislación vigente, ya que daña la propiedad y plusvalía de los condóminos.
Afirmaron que las reformas publicadas que atentan contra el patrimonio de condóminos son el artículo 38, que anula su derecho de nombrar al administrador que más convenga; el 42 que demerita la experiencia de administradores al obligar al cambio de administrador cada dos años, atentando contra el derecho de elección de la Asamblea General de Condóminos y el artículo 33 que promueve la morosidad al fijar un tope de 9% anual de interés, provocando que los condóminos cumplidos subsidien a morosos.
Por lo anterior, solicitaron al Jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, que reciba una comitiva de administradores para hablar del tema, así como a la diputada Miriam Saldaña para facilitar las modificaciones a la ley.
La asociación recordó que en una reunión con la diputada y también presidenta de la Comisión de Vivienda de la Asamblea Legislativa, ésta se comprometió a abrogar la ley vigente, elaborar nueva iniciativa de ley con expertos en el tema de condominios; retirar a Procuraduría Social del Distrito Federal (Prosoc) facultades para certificar a administradores y eliminar función de la dependencia para otorgar cursos de capacitación, quedándose sólo como la institución que sólo sugiere cursos y solicitar información sobre la recaudación de la dependencia.
Los administradores afirmaron que esperan, a días de concluir el periodo de sesiones en la ALDF, que la diputada dé seguimiento al tema.
También acusaron que la dependencia promueve una ley proteccionista y citaron el artículo 56 (insolvencia económica) donde personas de la tercera edad que no cuenten con recursos económicos, pagarán sus cuotas con trabajos para el condominio y cuestionaron la medida, ya que argumentaron lo que una persona de la tercera edad que corte césped o barra las escaleras, además de correr un riesgo físico, pone a prueba su integridad moral.
Argumentaron que si se condonan cuotas de mantenimiento a morosos a cambio de trabajo comunitario, no se contará con dinero para el pago de servicios de agua, alumbrado, vigilancia y limpieza, ya que estimaron, dichos cargos caerán sobre los vecinos cumplidos.
Objetaron que Prosoc acepte la decisión de la Asamblea General sobre nombramiento de administrador, ya que aunque la institución debe otorgar validez a dicha disposición a través del registro del administrador (después de examen y curso de capacitación que dan ellos mismos) y también del condominio, adicionalmente sujetan a los administradores a cumplir periodo por dos años coartando el derecho laboral propio, de sus empleados, así como al derecho de la asamblea para decidir libremente al administrador.
Cuestionaron el que un administrador no esté registrado ante Prosoc, ya que varios administradores han interpuesto amparos contra los artículos 38 y 42 que apoyan la medida, mismo que ya han sido admitidos y se espera sentencia en tres meses.
Afirmaron que como administradores de inmuebles, lo que buscan es conciliación, mediación y diálogo para contar con una ley y reglamento que tome en cuenta a todos los actores participantes en la operación de un condominio, sin perder de vista que lo más importante es mantener calidad de vida para los vecinos y aumentar plusvalía en su patrimonio.