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Publican NOM sobre prácticas de comercialización de viviendas

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La NOM tiene el objetivo de garantizar la protección efectiva de los derechos de aquellas personas que realicen la compra de una vivienda

Esta mañana se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Norma Oficial Mexicana (NOM) sobre prácticas comerciales y publicidad de bienes inmuebles destinados a casa habitación; así como los elementos mínimos que deben tener los contratos relacionados con esta actividad.

El documento es aplicable para proveedores que sean fraccionadores, constructores, promotores y demás personas que intervengan en la asesoría y venta al público de viviendas en la República Mexicana. Además, tiene el objetivo de garantizar la protección efectiva de los derechos de los consumidores de estos servicios.

Entre las disposiciones generales de la NOM se encuentra que los proveedores deberán contar con canales de atención de quejas y solicitudes que sean gratuitos y accesibles; tales como teléfonos, correo electrónico, formularios en sitios web o cualquier medio de contacto digital.

Asimismo, si el proveedor tiene un portal de Internet, éste deberá contener información mínima actualizada, como precios totales en operaciones de contado.

Por otro lado, la NOM establece obligaciones en materia de privacidad y protección de datos personales, anticipos, enganches, preventas, no discriminación, entre otros aspectos.

Y, con respecto a la publicidad, la NOM indica que toda información del proveedor debe estar en español, en términos comprensibles y legibles. Además, se debe poner a disposición de los consumidores información clara y precisa respecto al inmueble que comercializa.

Dicha información deberá estar exenta de textos, diálogos, sonidos, imágenes y otras descripciones que puedan inducir a error o confusión por engañosas o abusivas.

Finalmente, la NOM establece que los proveedores deberán contar con un contrato de adhesión para la prestación de servicios inmobiliarios; es decir, tienen que estar registrados ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco). Y, de igual manera, se estipulan garantías, servicios adicionales, disposiciones en torno a la escrituración de las viviendas, entre otros temas.

La elaboración de esta NOM estuvo a cargo del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía; así como del grupo de trabajo integrado por organismos como la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI), la Cámara Nacional de la Industria de Desarrollo y Promoción de la Vivienda (Canadevi), la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC), el Fondo de la Vivienda del ISSSTE (Fovissste), el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), entre otros.

Además de desarrolladoras como Casas Javer, Consorcio Ara, Grupo Sadasi, Hogares Unión e Inmobiliaria Vinte.

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Fernanda Hernández

Reportera y redactora en Centro Urbano. Soy egresada de la licenciatura en Ciencias de la Comunicación de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales (UNAM). Me interesa la cultura, el urbanismo y la arquitectura. Amante del mundo digital, el cine, la música, la lectura y la escritura.


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