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Reformas al Reglamento de Tránsito de la CDMX, enfocadas a motociclistas

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Los cambios al Reglamento de Tránsito entrarán en vigor el próximo 24 de septiembre y se relacionan con la circulación adecuada y segura de las motocicletas en la CDMX

Con el objetivo proteger a los conductores, el Gobierno de la Ciudad de México informó sobre la reforma a diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito enfocados a la circulación de las motocicletas. Dichos cambios fueron anunciados en la Gaceta Oficial de la CDMX.

Las reformas es el resultado de los acuerdos alcanzados entre los motociclistas, la Secretaría de Gobierno (Secgob) y los colaboradores en este cambio como la Secretaría de Movilidad (Semovi) y la Subsecretaría de Control de Tránsito de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC).

Durante el anuncio, Martí Batres Guadarrama, jefe de Gobierno de la CDMX, resaltó que las modificaciones al Reglamento de Tránsito salvarán vidas y motocicletas de los usuarios,

«Lo que nos interesa aquí es salvar vidas, eso es lo más importante, salvar vidas, proteger la integridad física de las personas y cuidar los bienes de las personas, incluso, cuidar las motocicletas de las personas, por eso, y para cuidar al conjunto de la población civil que también se encuentra alrededor del uso de la motocicleta, es que realizamos estas medidas”, comentó.

¿Cuáles son las reformas al Reglamento de Tránsito?

Cabe señalar que los cambios al Reglamento de Tránsito entrarán en vigor el próximo 24 de septiembre de 2023 y el principal de ellos establece que los motociclistas solo deberán llevar a bordo la cantidad de personas que señale la tarjeta de circulación.

Además, el Gobierno de la CDMX indica el uso obligatorio de casco protector. No obstante, este deberá contar con contar con armazón con barrera rígida que aporta mayor protección y relleno amortiguador de 3 a 4 centímetros de espesor para absorber impactos; así como un mecanismo de cierre o abrochado para mayor estabilidad.

En cuanto a conducción, el reglamento establecerá que solo personas mayores de edad podrán conducir motocicletas portando alguna licencia tipo A1, A2 o permanente. Del mismo modo, las motos deberán contar con tarjeta de circulación en formato físico o digital.

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Rebeca Romero


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