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La planeación participativa bajo fuego

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Por Carmen Contreras*

La semana pasada la periodista Georgina Olson, @georginaolson en Twitter, publicó para el diario Excélsior que los «Los proyectos del Plan General de Desarrollo 2020-2040 y del Programa General de Ordenamiento Territorial 2020-2035, elaborados por el Ejecutivo local, llegaron al Congreso de la Ciudad de México buscando su aprobación».

De acuerdo con la Constitución de la Ciudad de México, estos instrumentos de planeación deberían someterse a consulta pública y formularse con las opiniones de los habitantes de la capital. Dicha participación tendría que ser impulsada y facilitada por las autoridades locales a través de diversos mecanismos como los foros, las asambleas y las consultas en cada alcaldía, usando medios virtuales o presenciales.

No es la primera vez que desde la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México y de las alcaldías afines al partido hegemónico se acortan y disimulan los mecanismos de participación ciudadana para formular estos instrumentos de planeación, principalmente el Programa General de Ordenamiento Territorial y  sus programas parciales.

Por ejemplo, una de los simulacros de consulta fue el “Primer Foro de Desarrollo Urbano: Hacia un nuevo Programa de Ordenamiento Territorial, en Iztacalco” realizado en marzo del 2020. Según el Alcalde Armando Quintero, el objetivo de ese foro fue “fomentar el desarrollo inmobiliario dentro del marco de la Ley”. En contraste, la Alcaldía cerró desde el 2019 su ventanilla de trámites para obras en un acto discrecional, generando incertidumbre en el sector inmobiliario de por sí golpeado desde el sismo del 2017.

Otra referencia sobre cómo se han llevado los procesos de consulta para la formulación del ordenamiento territorial en la Ciudad de México es el caso del Programa Parcial de Desarrollo Urbano Vallejo 2020-2050 en el cual, de acuerdo a los datos proporcionados por el Dr. Daniel Pérez Torres en conferencia para el Programa Universitario de Estudios sobre la Ciudad (PUEC UNAM), solo se realizaron 11 reuniones vecinales en 8 colonias y barrios involucrados (como si la zona de Vallejo no tuviera un alcance metropolitano) y con promotores inmobiliarios (que forman parte de asociaciones con intenciones políticas).

El sesgo de la participación chintolola en esta consulta pudo verse reflejado en los resultados electorales en Azcapotzalco. La ciudadanía en esa Alcaldía cobró factura en las pasadas elecciones al no ser tomada en cuenta sobre los cambios en los usos de suelo que potenciarán la construcción de zonas habitacionales en un momento de gran preocupación sobre el acceso al agua.

La impresión que nos deja estos dos simulacros es que ahora hay prisa por aprobar el Programa General de Ordenamiento Territorial que regirá el destino de la Ciudad de México para los próximos 20 años. Es una prisa que vimos antes, cuando el Congreso aprobó la creación del Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva (IPDP), el cual tiene que sistematizar las opiniones de la ciudadanía para elaborar los respectivos instrumentos de planeación y enviarlos al Congreso.

Como sabemos, el propio Instituto aprobado al vapor es  hoy un organigrama en papel, sin presupuesto, sin capacidad operativa y sin sede. Saltarse la participación ciudadana en el proceso de aprobación es consecuencia del nacimiento precario del Instituto.

La importancia de hacer amplias consultas entre las y los ciudadanos de la capital para elaborar el Programa General de Ordenamiento Territorial está por un lado, en respetar los principios de la Constitución de la Ciudad de México, basados en el “Derecho a la Ciudad”.

Por otro lado, es fundamental no retroceder en lo ganado en la capital sobre democratización de la planeación desde 1997, cuando los movimientos urbanos propusieron que toda modificación de vocaciones y usos del espacio construido plasmados en una norma tenían que debatirse y analizarse en foros abiertos que reflejen la pluralidad de la ciudad.

La participación ciudadana es crucial en la deliberación sobre el ordenamiento territorial para definir la función social del suelo y la propiedad, sea esta pública o privada. Esto con el fin de perfilar la responsabilidad del gobierno de garantizar la distribución equitativa de las cargas y beneficios del desarrollo urbano, de acuerdo con el artículo 16 de la Constitución de la Ciudad de México.

Por último, la consulta sobre el ordenamiento territorial no debe suprimirse ya que para nosotras las mujeres representa una oportunidad de implementar las aportaciones de la perspectiva de género e incluir en la normativa de la planeación las obligaciones de agentes públicos y privados de equipar la ciudad con infraestructura y servicios urbanos de cuidado, ya que el artículo 9 de la Constitución local lo establece como derecho.

La planeación plasmada en el Programa General de Ordenamiento Territorial que no cuente con esta perspectiva y la consideración de grupos en situación de vulnerabilidad tenderá a fomentar la desigualdad y la concentración de plusvalía en zonas específicas.

 

Texto y fotografía: Carmen Contreras

*Directora de Perspectivas de IG y Consultora en Desarrollo Urbano con Perspectiva de Género

@Utopia_Urbana

 

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