Por Dunia Ludlow Deloya
Los derechos en materia de vivienda están de manera intrínseca en la recién aprobada Constitución de la Ciudad de México. Tomar en cuenta desde la legislación el problema del acceso a la vivienda permite que se generen soluciones que atajen estas cuestiones de manera integral, a través del enfoque de las políticas públicas y del análisis contextual de mercados.
En el artículo 16 del texto constitucional, dedicado al ordenamiento territorial, se incluye el apartado “E”, que detalla los principios que regirán la consecución de ese derecho. Esto habla de un texto constitucional garantista, que asume que esta entidad federativa es una Ciudad y que dentro de ella la vivienda tiene un aspecto central en los procesos de planeación y crecimiento urbano.
Así, entre otras cosas, en la Constitución se reconoce la producción social y privada de vivienda y obliga a las autoridades a dar prioridad a la población de menores ingresos; establecer mecanismos de colaboración con los organismos federales; atender las diversas formas de acceso a la vivienda; inhibir la exclusión y segmentación social en las colonias así como a dar prioridad en el acceso al suelo a quienes impulsen proyectos que integren áreas de convivencia social, servicios educativos, espacios públicos, productivos y otros servicios.
Aunque esto es sin duda un avance, la constitución incluye un punto que debería ser analizado a mayor profundidad: la intención de concentrar la política de vivienda en un “ente público descentralizado” que será el encargado de ejecutar toda la política de la índole.
Debemos poner especial atención al numeral 4 del apartado “E”. Aquí es donde se establece, literalmente, que “la política de vivienda será ejecutada por un organismo público descentralizado que facilite el acceso a las personas, familias y grupos sociales a una vivienda adecuada, con las condiciones previstas en esta Constitución, para el beneficio individual, el fortalecimiento del patrimonio familiar y la convivencia social”.
Estas intenciones ponen en riesgo a la política de vivienda de la ciudad, al establecer que debe existir una sola entidad que se encargue de administrar los créditos y subsidios para todos los grupos sociales. El concentrar todas las capacidades de aplicar acciones de vivienda en un organismo podría mermar las acciones necesarias para el crecimiento habitacional.
Por otra parte, la centralización del poder hace que una parte importante de las atribuciones y decisiones respecto a la política de vivienda sean tomadas de manera unilateral, lo cual es contrario al carácter integral al cual debería aspirar una Constitución de vanguardia. Por ejemplo, si consideramos que el acceso a vivienda en el texto constitucional no otorga prioridades a los grupos más necesitados, esto podría desembocar en abusos o políticas incompletas, como las que siempre han existido.
Habría que reflexionar sobre estas cuestiones, las cuales pueden afectar los avances conseguidos en la Asamblea. En este sentido, en la nueva Ley de Vivienda, que aprobamos en diciembre pasado, se reconoce como prioridad el acceso a hogares dignos para los sectores más desprotegidos, en una política de redistribución de la riqueza, en la que colaboren todos los niveles de gobierno.
Con la Ley damos un un giro a la manera en la que siempre se había concebido la vivienda en la ciudad. Mediante una clara distribución de competencias, serán el Jefe de Gobierno y la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) los responsables de la política de vivienda y se creará un Consejo de Vivienda para proponer acciones de planeación y sobre todo de evaluación de la política de vivienda. La historia ha demostrado que lo que no se mide no se corrige.
Por todo lo descrito aquí, considero sensato que la Constitución haya propuesto una visión integral del desarrollo urbano vinculado a la vivienda. A pesar de ello, existen aspectos que se pueden analizar y mejorar, por ejemplo cómo se puede operar la política de vivienda de manera más eficaz, toda vez que la propuesta del diseño institucional la concentra en un Instituto. El peligro de que la participación social y la inclusión se vean disminuidos es grande en una situación como esa. Nuestras acciones deberían encaminarse hacia la pluralidad, y no a la concentración del poder. Históricamente, es eso lo que ha hecho inefectivas las acciones gubernamentales en la resolución de las problemáticas sociales.
Dunia Ludlow es Presidenta de la Comisión de Vivienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Maestra en Gobierno y Administración Pública por la Universidad Complutense de Madrid, España.
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