Por su impacto en la vida nacional, y lo que representa como institución, la reciente reforma al Infonavit generó un amplio debate en diversas esferas del país. Pero, ¿qué fue lo que aprobó el Congreso? En este documento, ofrecemos una radiografía de los ejes clave que se tocaron con los cambios al organismo de vivienda más importante del país
El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) comenzará una nueva etapa de su vida institucional. Y es que, el Congreso aprobó la reforma planteada por la presidenta Claudia Sheinbaum, la cual, modifica su forma de organización, administración, operación y desarrollo, esto en función de preparar al organismo y otorgar las atribuciones necesarias que le permitan contribuir con el Plan de Vivienda sexenal.
Por sus alcances, la reforma se ubica como una de las más importantes de los últimos tiempos. Y es que, no sólo establece las bases para materializar el regreso del Infonavit constructor e impulsar la incursión del Instituto a esquemas de arrendamiento social -ambos puntos que iniciaron con los cambios constitucionales impulsados en los últimos días del sexenio anterior-, sino también porque trastoca la estructura de gobernanza corporativa del Instituto.
Pero, ¿cuáles son las modificaciones aprobadas por las dos Cámaras? ¿Qué cambiará en el Infonavit con la propuesta planteada?
En términos generales, la reforma al Infonavit se puede resumir en cuatro principales ejes:
- Por un lado, establece los criterios para regresar a la figura del Infonavit constructor. Específicamente, plantea las bases para la creación de una empresa filial que será la encargada del desarrollo de vivienda por parte del Infonavit; además de otorgar las facultades explícitas para construir vivienda y adquirir suelo.
- De igual forma, los cambios propuestos por la presidenta Sheinbaum establecen las bases para la creación de un sistema de arrendamiento social impulsado por el Infonavit, esto a través de la vivienda que pueda construir o recuperar.
- Asimismo, plantea la modificación de la estructura corporativa del Instituto, bajo el argumento de reforzar el control y vigilancia.
- Entre los puntos más destacados se encuentra la eliminación de las Direcciones Sectoriales que representan al sector laboral y al sector empresarial; además que los Comités de Auditoría y Transparencia quedarán conformados de manera paritaria por los tres sectores, sin mayor representación por parte gubernamental como se planteó en un inicio.
También, la reforma establece nuevos controles de vigilancia externos. Y es que, la reforma abre la posibilidad para que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) fiscalice al organismo; pero no sólo eso, pues también se contempla la participación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) como entes que ayuden en la vigilancia del quehacer del Infonavit.
Alcance de la reforma al Infonavit
Dentro de los cuatro ejes clave que marcan la reforma, hay algunas consideraciones importantes por mencionar para dimensionar los alcances de los cambios al Infonavit que comenzarán a operar una vez que se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Infonavit constructor
Por ejemplo, en lo que respecta al regreso de la figura del Infonavit constructor, la reforma establece que la empresa filial que se creará para dicho objetivo se regirá bajo un régimen de gobierno corporativo; además que la empresa no será considerada paraestatal, y gozará de autonomía en su constitución, gestión, normativa y ejercicio de sus funciones en la construcción de vivienda.
En ese sentido, la reforma otorgará al Consejo de Administración del Infonavit, la facultad de aprobar el presupuesto anual destinado a la construcción de vivienda, con la limitante de que el organismo cuente con los recursos para mantener el sistema de financiamiento para adquisición, mejoramiento, ampliación y construcción que opera hasta ahora.
De igual forma, los cambios aprobados señalan que una de las prioridades dentro del plan del regreso al Infonavit constructor, es el impulso al desarrollo económico local y la generación de empleos, por lo que se priorizará que el organismo trabaje con empresas constructoras locales y regionales en la labor del desarrollo de vivienda. Con ello, en la reforma, se establece que el Infonavit podrá construir por cuenta propia, pero también apoyado por privados mediante contratos con terceros.
Gobernanza en el Infonavit
Por otro lado, y respecto a la nueva conformación del gobierno corporativo del Instituto, se confirman algunos puntos importantes, entre ellos, que con el dictamen aprobado se formalizará la eliminación de la Dirección Sectorial Empresarial y la Dirección Sectorial de los Trabajadores del Infonavit.
Cabe recordar que un inicio, la propuesta de reforma planteada por el Ejecutivo Federal contemplaba una modificación agresiva de algunos órganos del Infonavit. Por ejemplo, proponía cambiar la conformación de los Comités de Vigilancia, Transparencia y Auditoría, de tal forma que el sector gobierno tuviera un mayor número de integrantes en cada una.
Así, el texto del dictamen señalaba que en el caso del Comité de Auditoría, la nueva conformación constaría de cinco representantes, de los cuales, tres serían del sector gobierno, uno del sector laboral y uno más del sector empresarial. Cabe recordar que hasta antes de los cambios, la comisión la integraban tres personas, cada uno representaba al sector gobierno, laboral y empresarial.
Caso similar sucedería con el Comité de Transparencia, el cual pasaría de tres representantes, uno de cada sector, a cinco integrantes, en donde tres serían del sector gobierno.
En lo referente al Comité de Vigilancia, si bien se proponía mantener el número de integrantes, sí buscaba modificar la repartición de lugares; es decir, hasta antes de los cambios, el comité lo integraban tres representantes de cada sector; pero con la propuesta, el sector gobierno buscaba tener cinco lugares en la mesa, mientras que el sector laboral y empresarial, dos representantes respectivamente.
Sin embargo, con las modificaciones realizadas en la Cámara de Diputados la minuta, se pugnó por mantener una conformación paritaria en los diversos órdenes del gobierno corporativo del Instituto.
De esta manera, y con los cambios, la estructura del Infonavit queda conformada por:
- La Asamblea General.
- El Consejo de Administración.
- La Comisión de Vigilancia.
- El Comité de Auditoría.
- La Dirección General.
- La Comisión de Inconformidades.
- El Comité de Transparencia.
- Las Comisiones Consultivas Regionales.
Es importante destacar que dentro de los cambios aplicados se contempla que ninguno de los integrantes de los órganos colegiados del Instituto recibirá “remuneración alguna por el desempeño de su función, pero serán responsables por el cumplimiento de las obligaciones que esta Ley les impone”.
En cuanto a la Asamblea General, la reforma trae consigo cambios en su conformación. Ahora, éste, el máximo órgano de toma de decisiones del Infonavit, estará integrado por 30 personas, con 10 representantes por sector; anteriormente, la Asamblea la conformaban 45 personas, con 15 representantes por cada uno de los tres sectores.
En cuanto al Consejo de Administración, éste será integrado por doce personas, designados por la Asamblea General en la forma siguiente: cuatro a proposición de los representantes del Gobierno Federal; cuatro a proposición de los representantes de las personas trabajadoras; y cuatro a proposición de los representantes de las personas empleadoras, ante la misma Asamblea General. Antes de la reforma, el Consejo se integraba por 15 personas, con una representación de cinco integrantes por sector.
Parte de los cambios importantes es que ahora, el Director General formará parte tanto de la Asamblea General como del Consejo de Administración, con voz y voto en cada una de ellas.
Por otro lado, los comités quedarán de la siguiente forma:
- Comité de Vigilancia. Tendrá nueve integrantes, de los cuales, cada sector tendrá tres representantes.
- Comité de Auditoría. Tendrá tres integrantes, uno por cada sector representado en el Infonavit.
- Comité de Transparencia: Al igual que el Comité de Auditoría contará con tres integrantes, uno por cada sector representado en el Infonavit.
Vigilancia en Infonavit
Por último, entre los puntos por destacar dentro de los cambios impulsados con la reforma se encuentra la llegada de nuevos mecanismos de control y vigilancia que, por ley, deberán supervisar el actuar del Infonavit.
De esta forma, del dictamen aprobado se resalta que la Auditoría Superior de la Federación ya tendrá facultades para fiscalizar al Infonavit. A la letra, el artículo 66 Bis dice:
“La fiscalización del instituto estará a cargo de la Auditoría Superior de la Federación y será competente para revisar la actividad del Instituto como organismo fiscal autónomo, la debida integración y administración del patrimonio del Instituto, el ejercicio del presupuesto de gastos de administración, operación y vigilancia, así como del presupuesto de inversión en materia de construcción y administración inmobiliaria. Los recursos que se destinen a los presupuestos de gastos de administración, operación y vigilancia e inversiones serán considerados recursos públicos para los efectos de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación cuando no sean reintegrados a las subcuentas de vivienda de las personas trabajadoras derechohabientes. En el desarrollo de sus auditorías y en la formulación de sus observaciones y recomendaciones, la Auditoría Superior de la Federación deberá tener en cuenta el marco legal especial del Instituto, así como los resultados de las revisiones que en el ejercicio de sus funciones realicen los órganos de auditoría y vigilancia en términos de esta Ley.
“Las subcuentas de vivienda y créditos de vivienda de los trabajadores son inviolables y no estarán sujetas a auditoría, revisión o fiscalización alguna”.
Por otro lado la SHCP y la CNBV también participarán como entes que vigilarán la labor del Infonavit. Específicamente, con la reforma, estos jugadores se integrarán en diversos proceso del instituto como:
- La SHCP, auxiliada por la CNBV, fijará las normas de carácter prudencial y sanas prácticas a que se sujetarán las operaciones en materia crediticia que realice el Instituto, atendiendo a esta Ley y a la naturaleza social de los fines del Instituto.
- La SHCP, auxiliada por la CNBV, supervisará y vigilará que las operaciones del Instituto en materia crediticia se ajusten a las normas establecidas y a las sanas prácticas.
- Además, la SHCP podrá revisar el régimen de inversiones de los recursos que administra el Instituto.
Los diputados de las Comisiones de Vivienda, y Trabajo y Previsión Social, quienes fueron los encargados de dictaminar el proyecto aprobado en primera instancia por la Cámara de Senadores, señalaron en sus consideraciones que esta reforma era “oportuna y necesaria”.
En el marco de su exposición de motivos, destacaron que ante la baja en la producción de vivienda, era necesario hacer ajustes, y que estas modificaciones “abren la posibilidad de un nuevo escenario para la producción de vivienda”.
En esa lógica, argumentaron como necesario los cambios al Infonavit, para atender esa nueva visión en materia de vivienda. Sin embargo, antes este nuevo rol del organismo, enfatizaron en la necesidad de fortalecer los mecanismos de control, vigilancia y rendición de cuentas en el organismo.
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