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Publican requisitos para tramitar certificados de uso de suelo

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No constituyen permisos, autorizaciones o licencias, es necesario realizar el trámite en la Seduvi

El Gobierno del Distrito Federal (GDF) dio a conocer, mediante la del Distrito Federal los requisitos para el trámite de los certificados de zonificación para el de los predios e inmuebles, los cuales establecen los instrumentos de planeación de desarrollo de la Ciudad, y que no crean derechos de propiedad o posesión, ni constituyen permisos, autorizaciones o licencias.

Se modificaron los artículos 125 y 126 del Reglamento de la capitalina, los documentos se clasifican en Certificado Único de Zonificación de Uso de Suelo y Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo Digital, ambos con un año de vigencia a partir del primer día de su expedición; y Certificado de Acreditación de Uso del Suelo por Derechos Adquiridos, de carácter permanente.

Una vez realizado el trámite para cualquiera de los documentos, no será necesario obtener uno nuevo a menos que se desee cambiar el uso y superficie por uso solicitado del inmueble, o a través de los Programas de Desarrollo Urbano que llegasen a entre en vigor.

Las solicitudes para los certificados deben ser presentadas en el Área de Atención Ciudadana de la Secretaría de Desarrollo Urbano y (Seduvi), cuyos requisitos pueden consultarse en la página de la consejería; y serán expedidos dentro de los tres primeros días hábiles siguientes en el caso del Certificado Único de Zonificación de Uso de Suelo; o inmediatamente en su formato digital y en 40 días hábiles cuando se trate del documento por Derechos Adquiridos.

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