La Sedatu exhorta a los gobiernos locales a continuar con los trabajos de armonización legislativa, a fin de fortalecer sus capacidades institucionales
La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) reportó que, hasta ahora, 23 estados ya han armonizado sus leyes locales en concordancia con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (LGMSV), que entró en vigor en mayo de 2022.
De acuerdo con la dependencia, las entidades que ya han armonizado, en alguna medida, sus leyes en materia de movilidad y seguridad vial son: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Chihuahua, Durango, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala y Yucatán.
Adicionalmente, Chiapas, Ciudad de México, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí y Veracruz ya cuentan con al menos una iniciativa de reforma en curso. Por su parte, Hidalgo y Zacatecas aún no han presentado propuestas legislativas para armonizar su marco normativo.
Cabe recordar que, con el fin de acompañar y facilitar este proceso, la Sedatu publicó en 2022 los Lineamientos para la armonización de las legislaciones locales en materia de Movilidad y Seguridad Vial, un documento dirigido principalmente a los congresos locales.
Dicha herramienta ofrece orientaciones prácticas y reconoce la diversidad de contextos y capacidades institucionales en cada entidad federativa, permitiendo adaptar el proceso de armonización a sus realidades específicas.
Asimismo, la Sedatu exhorta a los gobiernos locales a continuar con los trabajos de armonización legislativa, a fin de fortalecer sus capacidades institucionales para atender las necesidades de movilidad de la población, en el marco de la LGMSV.
Lo anterior incluye el desarrollo de sistemas integrales de movilidad, infraestructura vial adecuada, regulación del tránsito seguro, integración de la movilidad a los instrumentos de ordenamiento territorial, así como la incorporación de bases de datos al Sistema de Información Territorial y Urbana.
La LGMSV tiene el objeto de garantizar el derecho a la movilidad en condiciones de seguridad, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad, como lo establece el artículo 4º constitucional.
Entre sus metas prioritarias se encuentra la reducción significativa de muertes y lesiones graves ocasionadas por siniestros de tránsito, así como el fortalecimiento del transporte público como una alternativa segura, accesible y sostenible para todas las personas.