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Regulan en DF mercado inmobiliario

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Autoridades que avalen certificados o licencias que violen el uso de suelo serán sancionadas

 

La regulación iniciada desde el año pasado para el sector inmobiliario, tanto a nivel nacional como en la ciudad de México, ha sido resultado de malas prácticas, abusos y excesos del poder de los funcionarios en el ramo, indicaron autoridades gubernamentales.

Y es que recientemente, el Instituto de Verificación Administrativa (Invea) del Distrito Federal, publicó un comunicado fechado el 14 de enero en el que llama a conocer  a las personas que de buena fe adquieren algún tipo de inmueble, a estar alerta sobre las anomalías que contienen en su documentación.

Por lo anterior, en este año, entró en vigor una normatividad para custodiar la actividad inmobiliaria que tiene relación con el uso de suelo, la construcción, así como el traslado de dominio o compra y venta de inmuebles.

El decreto publicado en la Gaceta Oficial del DF el pasado 10 de enero, indica que se reforma el artículo 90 de la Ley Registral para el DF, en el “procederá la custodia del folio real”, o bien los antecedentes registrales de un predio para el desarrollo de cualquier obra constructiva que haya sido denunciada.

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal (TCADF), el Invea del DF, los Órganos Políticos Administrativos, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) y la  Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT), intervendrán en los casos siguientes:

Al enfrentar un juicio por lesividad, nulidad o acción pública donde se otorgue una suspensión; dentro del procedimiento de verificación ministrativa, en un acuerdo de suspensión como medida de seguridad; en un procedimiento de revocación; o bien, en los procedimientos de investigación que conozcan con motivo de ilícitos ambientales.

Asimismo, se reforma el artículo 100 de la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.

“La suspensión también podrá consistir en la orden de custodia del folio real del predio, al Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, cuando se trate de un juicio de nulidad o lesividad, relacionados con desarrollo urbano, construcciones, inmuebles u ordenamiento territorial, para evitar la inscripción de actos que impidan la ejecución de la sentencia que resuelva el fondo del asunto y la protección del patrimonio a terceros”, inscribe el documento.

De igual forma, con la reforma al artículo 7 de la Ley del Invea se podrá llevar a cabo un procedimiento administrativo de verificación relacionado con el desarrollo urbano, construcciones, inmuebles u ordenamiento territorial, para evitar la inscripción de actos que impidan una resolución de fondo del asunto.

También se reforman el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley de Desarrollo Urbano del DF que determina la necesidad de acreditar el uso de suelo de una propiedad a través de un certificado único de zonificación o de acreditación.

En tanto que el artículo 25 de la de la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, reforma la fracción III para realizar, en caso de ser necesario, la cancelación de licencias, autorizaciones o permisos cuando las denuncias emitidas sean verdaderas.

De esta manera, el acuerdo firmado el pasado mes de noviembre de 2013, inicia su operación en este año junto con otra reforma al código penal, cuya finalidad es la de imponer las penas y sanciones para quienes como autoridad  avalen certificados o licencias que violen el uso de suelo.

Sancionarán a funcionarios

Desde agosto pasado la presidenta de la Comisión Especial para la Modernización de la Función Pública, Priscila Vera Hernández, advertía de la problemática del desarrollo urbano de la capital, así como la modernización del Registro Público de la Propiedad y de los registros de la Secretaría de Desarrollo Urbano y de Vivienda (Seduvi).

“Estamos trabajando en una reforma integral para el tema de desarrollo urbano pues lo que vemos no es solamente una modificación a esta Ley sino que tiene que ver con políticas medio ambientales, con el agua y con una visión de largo plazo”, comentó la funcionaria en agosto a Capital de México durante el Encuentro de Desarrollo Urbano “Modernización normativa para una mejor Ciudad”.

Es así como a través de las adiciones al artículo 231, 267 y 339; así como las reformas al artículo 259 y 329 Bis, castigarán al servidor público que actúe de mala fe, ya sea en la emisión de documentos de uso de suelo, oculte información ilegal de inmuebles, o bien, permita la construcción de los mismos.

Las reformas y disposiciones al Código Penal pretenden, además, detener la violación a los ordenamientos aplicables en el Distrito Federal en materia de uso de suelo por parte de desarrolladores inmobiliarios.

“Al que cometa alguno de los delitos a los que se refieren las fracciones III, III Bis, IV, IV Bis y V de este artículo, se le impondrán de dos a siete años de prisión y de veinticinco a doscientos cincuenta días multa”, se establece en el documento.

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Miriam Ramírez

Egresada de la FES Aragón, UNAM; con experiencia en el ramo agropecuario en el suplemento AgroXXI de Milenio, hoy desde Centro Urbano reporta las noticias con temas que atañen a las grandes ramas de la industria habitacional como el sector inmobiliario, hipotecario y vivienda; le apasiona todo aquello que vale la pena: la escritura, la música y la lectura.


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