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Urbanismo y seguridad pública

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Por Briceida Cervantes Sánchez*

Como apunta Víctor Delgadillo en su artículo Urbanismo a la carta: teorías, políticas, programas y otras recetas urbanas para ciudades latinoamericanas, los gobiernos de nuestra región han apostado por mejorar el entorno urbano con el propósito de hacer frente a problemáticas como la movilidad y cambio climático, así como la seguridad pública.

Ésta última es una función, en nuestro país, exclusiva del Estado de acuerdo con el Artículo 21º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPUM) – recordemos que Max Weber señaló que el monopolio del uso de la fuerza siempre se reserva a los gobiernos – lo que ha provocado que no tenga un desarrollo a la par de otras áreas de la vida pública en la cual es factible la inversión privada, por ejemplo, el transporte público concesionado o la recuperación de espacios públicos.

Sin embargo, considero que desde la noción de urbanismo – entendido como aquella disciplina que aborda los asentamientos humanos a partir de su estudio para entenderlos y, en su caso, intervenirlos, lo anterior de acuerdo con el arquitecto Hugo Molina – pueden generarse puentes para fortalecer la seguridad pública desde otros ámbitos que no sean exclusivamente aquellos vinculados con el empleo de la fuerza pública. A continuación, desarrollaré esta idea.

El fin de la seguridad pública, en cualquier Estado Constitucional y Democrático de Derecho, es garantizar que las personas puedan desarrollarse plenamente y encuentren protección por parte del Estado cuando su seguridad, integridad y pertenencias se vean amenazadas. Así, se cumple una de las cuatro obligaciones estatales en materia de derechos humanos que consagra el Artículo 1°, párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPUM).

Para llevar a cabo esa función se cuenta con Instituciones destinadas para tal efecto, es decir, los cuerpos policiales, los cuales tienen dos funciones: una reactiva y otra preventiva.  La primera de ellas es la intervención en el momento en el cual se cometen conductas posiblemente constitutivas de delitos. Hablamos del uso de la mencionada fuerza pública.

La segunda de ellas se basa en la prevención del delito, que se materializa desde diferentes áreas y programas. Algunos ejemplos son la vigilancia de sectores públicos, conferencias y pláticas para divulgar medidas que reduzcan los riesgos de ser víctimas del delito, entre otras.

La prevención del delito no debe ser exclusiva de los cuerpos de seguridad pública, ya que existen otros actores que pueden incidir en esta función y romper la idea de que esta tarea sólo corresponde a los cuerpos policiales. Un ejemplo de lo anterior es el mejoramiento del servicio de transporte público. En el metro de la Ciudad de México, por ejemplo, la aglomeración que se presenta en ciertas estaciones en la denominada hora pico – de máxima afluencia – propicia que los carteristas sustraigan celulares y billeteras a las y los usuarios. Si se mejorara la distribución de trenes, se podría evitar este hecho ya que se reduciría el número de pasajeros y provocaría menos posibilidad de acción por parte de los carteristas. 

Otro caso lo tenemos en el alumbrado de la vía pública. Muchas veces las zonas menos alumbradas se tornan propicias para que los integrantes de grupos criminales sorprendan a las personas transeúntes, lo cual se evitaría al contar con faros o luces funcionales en sitios propicios para el escondite de aquellos.

Sirvan estos dos ejemplos para hacer patente que la prevención del delito no sólo parte del uso de policías, sino que también se puede gestar desde otros ámbitos. En este sentido, siguiendo la definición inicialmente planteada de urbanismo, podemos asegurar que la intervención del espacio público con un enfoque preventivo puede constituirse como una medida clara para reducir la criminalidad y sin recurrir a la fuerza pública, a la par de que contribuye a mejorar la vida de las personas desde diferentes aristas.

Debemos, por lo tanto, explorar estas vías de la prevención del delito que pueden tener otras formas de materialización. Me viene a la mente el uso de la inteligencia artificial en tareas como el reconocimiento facial en bancos y transporte público, sitios en donde la criminalidad es alta.

Prevenir, por lo tanto, no es castigar, sino mejorar la calidad de vida de las personas.

BCS

 

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*Briceida Cervantes

Coordinadora de Vinculación Estratégica Internacional de la Secretaria de Relaciones Exteriores

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Columnista invitado


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