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Esto es lo que pasa cuando se deja de pagar un crédito hipotecario

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Aunque se trate de evadir el pago del crédito con las instituciones financieras, el adeudo no deja de existir, y puede tener como consecuencia un embargo

En México, cerca del 25% de la población cuenta con un crédito hipotecario, lo que equivale a 2,500 millones de pesos. Sin embargo, algunas personas deciden dejar de pagarlo o bien, cancelarlo definitivamente, ya sea por pérdida de empleo, emergencias familiares, descuentos muy altos en la nómina, porque el inmueble no es lo que esperaban o incluso por la frustración de ver que la deuda no se reduce pese a los años.

La realidad es que, aunque se intente evadir estos pagos a las instituciones financieras con las que se adquirió la hipoteca, la deuda no dejará de existir, y, en este sentido, el panorama que debe contemplarse en caso de dejar de cubrir este compromiso sería el siguiente:

  1. La institución bancaria u organismo comenzará a cobrar el porcentaje de intereses moratorios establecido en los trámites iniciales de adquisición del crédito. La Asociación de Bancos de México estima que la tasa de interés promedio es del 10.4 por ciento.
  2. La institución instará a renegociar el adeudo en términos distintos a los iniciales. Aquí, debe aprovecharse para hacer ajustes que se adapten a la nueva realidad del derechohabiente.
  3. En caso de no haber renegociado la deuda de manera exitosa, o si no se presenta el pago durante seis meses, la institución embargará el inmueble. Una vez que la propiedad regresa al organismo, este puede subastarla o ponerla nuevamente a la venta.

Por otro lado, si es que se decide cancelar el adeudo, expertos del sector inmobiliario recomiendan considerar lo siguiente:

  • En primer lugar, la vivienda debe ser abandonada al renunciar al crédito, pues al ser devuelta al instituto, éste toma posesión de ella. Ante esto, es preciso que antes de comenzar con los trámites de disolución de deuda, se prevea otro sitio donde habitar con la familia.
  • Existe la posibilidad de que haya una devolución de dinero para el derechohabiente, siempre y cuando el valor de la deuda sea menor al valor de la propiedad. Sin embargo, no se debe esperar el reembolso de conceptos como mensualidades, enganche (en caso de haberlo cubierto), ni fondo de vivienda o mejoras que se hayan implementado en el inmueble.

¿Qué pasa si el crédito es con el Infonavit?

En caso de que el derechohabiente decida renunciar a un crédito hipotecario del Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), simplemente debe notificar a la institución y solicitarle la cancelación ‘por Dación de Pago’, en caso contrario, habrá un registro negativo en el historial crediticio, obstaculizando que se otorgue al interesado un nuevo crédito de cualquier tipo, incluyendo el de vivienda.

Además, el Instituto cuenta con un Fondo de Protección de Pagos, una alternativa en caso de que los acreditados pierdan su trabajo de manera involuntaria. Este beneficio puede usarse hasta por 6 meses, cada 5 años, y, para acceder a él se debe cumplir con ciertos requisitos, como haber contratado el crédito a partir de 2009, haber aportado al Infonavit al menos seis meses, y tener un mes de desempleo.

Asimismo, es posible solicitar un dictamen de capacidad de pago, es decir, en caso de pérdida del empleo, se puede solicitar una prórroga para el pago del crédito por 12 meses consecutivos o 24 como máximo.

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Fernanda Hernández

Reportera y redactora en Centro Urbano. Soy egresada de la licenciatura en Ciencias de la Comunicación de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales (UNAM). Me interesa la cultura, el urbanismo y la arquitectura. Amante del mundo digital, el cine, la música, la lectura y la escritura.


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