Por otro lado, si la subcuenta de vivienda no se ejerce en el plazo establecido, el Infonavit podrá utilizar dichos recursos para constituir una reserva financiera
Por unanimidad, el Senado de la República aprobó la alternativa de que los derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), o sus beneficiarios, puedan exigir los recursos de la subcuenta de vivienda, dentro de un plazo de 10 años.
La minuta aprobada establece que un año antes de que se cumpla el plazo señalado, el Infonavit notificará al trabajador o a sus beneficiarios el tiempo transcurrido desde que el derecho era exigible, de tal forma que puedan reclamar los recursos. Sin embargo, de no ejercer este derecho, el Instituto podrá utilizar dichos recursos para constituir una reserva financiera.
El documento que modifica el artículo 37 de la Ley del Infonavit, que entró en vigor este jueves 17 de diciembre, estipula, además, que los procedimientos y requisitos que deberán cumplir los trabajadores, o bien, sus beneficiarios, para el reclamo de los recursos de la subcuenta de vivienda se determinarán por el Consejo de Administración del Infonavit. Esto mediante disposiciones de carácter general que se deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en el portal del Instituto.
Se destaca que el trabajador o sus beneficiarios podrán acceder al mecanismo de reclamación de los recursos de forma permanente; y, de ser procedente, el Instituto reconocerá los montos a pagar, considerando los intereses que correspondan en términos de los lineamientos.
Asimismo, señala que la suficiencia de la reserva financiera se deberá dictaminar de forma anual, por un tercero independiente que designe el Consejo de Administración del Instituto.