Los beneficios serán la exención del 100% de pago en predial, gastos de ejecución de obra, multas, actualizaciones y modificaciones
Debido a la carencia de las licencias o avisos de construcción y falta de escrituración en las viviendas y locales comerciales y con el objetivo de construir ciudad nueva sobre la existente aprovechando infraestructura, servicios y actividad comercial asociada a la vivienda, el Gobierno del Distrito Federal hizo públicos dos acuerdos en la Gaceta Oficial, por las cuales otorgará facilidades para la constitución del Régimen de Propiedad en Condominio de Viviendas de Interés Social o Popular, así como locales comerciales que se encuentren integrados a los inmuebles.
Con la publicación, los beneficiarios que así lo soliciten, podrán ser exentos del 100 por ciento del pago de las contribuciones establecidos en el Código Fiscal del GDF, tales como predial, y otros adeudos, incluyendo gastos de ejecución, multas, actualizaciones y modificaciones.
Por otro lado, las personas que impugnen estos acuerdos o adeudos fiscales, o que proporcionen información falsa, así como hacer omisión en algún dato, perderán estos beneficios.
Entre los requisitos que deben presentar los propietarios de vivienda de interés social o popular, deberán obtener la constancia que otorgue el Instituto de Vivienda del Distrito Federal (INVI) para dichos acuerdos, verificación de habitabilidad de inmuebles a través de un arquitecto titulado, dictamen de seguridad estructural, presentar carnet vigente emitido por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) y que los inmuebles no estén en zona de conservación ecológica o alto riesgo.
Cabe mencionar que la aplicación de uno de los acuerdos estará a lo dispuesto en la Norma 26 en términos del Programa Delegacional o Parcial de Desarrollo Urbano y la Norma de Producción Social de Vivienda.
En el segundo acuerdo se detallan las facilidades administrativas para la constitución del Régimen de Propiedad en Condominio de Vivienda en locales comerciales al interior del inmueble, en proceso de construcción o cuya construcción haya sido financiada por instituciones públicas.
Las unidades deberán contar con baño; iluminación y ventilación natural en espacios habitables; conexión de drenaje a la red pública, y que el uso distinto al habitacional no rebase el 50% de la superficie total de construcción existente y acreditar que el inmueble fue construido por instituciones públicas o con créditos otorgados por instituciones públicas.
Para obtener la constancia de beneficiario de este acuerdo, los interesados deberán presentar acta de nacimiento o de matrimonio; escrituras del inmueble, manifestación por escrito de la voluntad de constituir el régimen; Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo; constancia de número oficial; pago del impuesto predial; planos arquitectónicos; RFC y CURP del titular.
Las escrituras que serían exentas de estos pagos deberán firmarse e ingresarse al Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal a más tardar el 31 de diciembre de 2015.
Los acuerdos están firmados por el jefe de Gobierno del DF, Miguel Angel Mancera; el secretario de Gobierno, Héctor Serrano Cortés; el secretario de Finanzas, Edgar Abraham Amador Zamora y el secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Felipe de Jesús Gutierrez.