Las cuotas serán cubiertas por el outsorcing o la empresa beneficiaria
El pasado 4 de junio se publicó en el Diario Oficial, la modificación al artículo 29 Bis de la Ley del Infonavit, la cual señala que los beneficiarios de los trabajos o servicios deben cumplir con los deberes establecidos en la Ley cuando el contratista o tercero no lo haga.
Debido a que los trabajadores no tenían forma de reclamar dicha prestación, pues la empresa contratante y el outsourcing, no se hacían responsable del cumplimiento de las cuotas.
Con esta Ley, los trabajadores subcontratados quedarán protegidos, pues las cuotas que se destinan a la subcuenta de vivienda de los trabajadores por outsourcing, deberán ser cubiertas por el contratista, si éste no cumple, la empresa que se beneficia del servicio tendrá que aportar las cuotas.
Laura Obregón, presidenta de la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (Amech), explicó que la modificación a la Ley del Infonavit es una homologación con la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que ya contemplaba un artículo que obliga a las empresas contratantes a cubrir las cuotas obrero patronal, al incumplimiento por parte del outsourcing.