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Aprueban en Quintana Roo ley de movilidad

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Legisladores crean el Instituto de Movilidad local; implementan también regulaciones a plataformas digitales de transporte como Uber y Cabifiy

Legisladores del Congreso de Quintana Roo aprobaron la Ley de Movilidad, con la cual buscan regular temas de transporte, infraestructura, condiciones administrativas y prestación de servicios en relación con el derecho humano a la movilidad. El dictamen que elaboraron las comisiones de Puntos Legislativos y Técnica Parlamentaria y de Comunicaciones y Transportes fue aprobado por unanimidad.

La iniciativa recogió las conclusiones de los foros de discusión en materia de movilidad que la XV legislatura local organizó en meses pasados. Diputados del PRI, PAN, PRD, PES, Nueva Alianza e independientes apoyaron la formulación y aprobación del documento.

El nuevo ordenamiento incluye la creación del Instituto de Movilidad estatal, el cual será un organismo público descentralizado de la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable (Sedetus). El organismo contará con autonomía técnica y de gestión, tendrá la responsabilidad de planear, diseñar, ejecutar, evaluar y dar seguimiento a la política de movilidad quintanarroense.

Mario Baeza Cruz, diputado panista y presidente de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, puntualizó en tribuna que la prioridad de esta ley es el peatón, además de tener un enfoque de protección e inclusión de personas con discapacidad y movilidad limitada. Los ciclistas, usuarios y prestadores de transporte público, operadores de transporte de carga y automovilistas cuentan también dentro de la ley.

“La ley modifica la cultura de movilidad existente en Quintana Roo, pues busca diseñar e impulsar programas para la adopción de nuevos hábitos. Con la creación del Instituto, también se desea eliminar la discrecionalidad al momento de otorgar concesiones del servicio público de transporte, además de evitar las prácticas monopólicas”, dijo el legislador.

Otro punto de la nueva ley es la regulación de plataformas digitales de transporte, como Uber y Cabify. Al respecto, se establece la necesidad de un permiso expedido por el Instituto; además, los vehículos que presten servicio no deben tener más de cuatro años de antigüedad, valer más de 2,500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 201,500 pesos, y contar con cinco plazas como máximo.

De acuerdo con los artículos transitorios, la ley entrará en vigor 90 días naturales posteriores a su publicación en el órgano oficial del estado. En los siguientes 30 días, el gobernador Carlos Joaquín González debe nombrar al director general del Instituto de Movilidad.

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Ernesto Gil

Ciencias Políticas y Administración Pública, FCPyS - UNAM. Apasionado por la Historia, la política, la arquitectura, el urbanismo y la lectura.


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