El Instituto precisó que gracias a las modificaciones realizadas en la ley del Infonavit, estos cambios no representan un obstáculo
El incremento al salario mínimo recientemente aprobado no afectará a la derechohabiensa del Infonavit, esto debido al Decreto en materia de desindexación del Salario Mínimo publicado en el Diario Oficial de la Federación en enero de 2016 y a la modificación a la Ley del Infonavit en abril de este mismo año, la cual establece la Unidad de Medida y Actualización (UMA) como referencia.
A través de un comunicado, el Instituto señaló que para los derechohabientes que cuenten con un crédito en Veces Salarios Mínimo (VSM), “tanto los saldos como los pagos de este tipo de créditos se actualizarán automáticamente con el incremento que resulte menor entre el 3.9% y la tasa de inflación observada en 2016. Esto es, no se incrementan por el aumento total en 1SM señalado por la Conasami”.
El Instituto añadió que este incremento en los salarios mínimos generales y profesionales, gracias a la reforma a la Ley del Infonavit de abril pasado, no le ocasionará un problema de descalce; además subrayó que la reforma permite que los pasivos aumenten en la misma proporción que los activos.
“El Infonavit reconoce la visión y responsabilidad del Senado de la República y la H. Cámara de Diputados, al haber aprobado la reforma a los artículos 39, 44 y 55 de la Ley del Infonavit que fueron promulgadas por el presidente Enrique Peña Nieto en el marco de nuestra 112 Asamblea General el pasado mes de abril. Incluso, las agencias calificadoras Standard & Poor´s y Fitch Ratings destacaron los efectos positivos de la reforma al Art. 39 de la Ley del Infonavit para preservar su estabilidad financiera”, destacó el Infonavit.