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Padres deben incluir certeza jurídica para su festejo

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Regularizar sus propiedades ayudará a la protección de los suyos y no dejarles problemas

Con motivo del Día del Padre siempre se dan muestras de afecto a los papás, quienes siempre procuran cuidar a su familia, por lo que con este festejo es importante que los padres consideren regularizar sus propiedades para proteger aún más a los suyos, así lo recomendó el Colegio Nacional del Notariado Mexicano.

Entre las recomendaciones que hace es escriturar su vivienda, ya que es la única forma con la que se tiene certeza jurídica de una propiedad ante terceros. No hacerlo es peligroso porque los contratos privados y los poderes notariales no son soluciones a largo plazo y conllevan riesgos para el comprador.

También se debe contemplar el procedimiento sucesorio, esto es importante debido a que cuando un familiar fallece sus bienes no pasan automáticamente a sus herederos.

“Si el fallecido otorgó testamento podrá realizarse una sucesión testamentaria; si no, deberá tramitarse una sucesión legítima o intestamentaria. La ley prevé que la sucesión puede hacerse ante notario si todos los herederos son capaces, mayores de edad y no existen controversias entre ellos”, explicó el Colegio.

Además, en la mayoría de los estados los legisladores han previsto que pueda realizarse ante notario, sin necesidad de acudir a un proceso judicial, si también todos los herederos están en las condicione mencionadas. En cualquier otro caso deberá contratarse un abogado para que inicie el trámite sucesorio ante un juez.

Quizá una de las muestras más grandes del afecto de los padres es ayudar a sus hijos a iniciar su patrimonio, por lo que en este caso siempre se tiene que buscar asesoría de un notario, pues éste ayudará a revisar los aspectos básicos del inmueble.

Entre ellos, que el vendedor realmente sea el dueño y si es el único dueño o deberá obtenerse el consentimiento de otros dueños para la compraventa, por ejemplo, la esposa si está casado por sociedad conyugal.

También revisará que no exista un juicio testamentario inconcluso y que la propiedad no tenga una hipoteca.

“El notario, según la legislación local, tramitará las constancias que acrediten que el inmueble está libre de gravámenes y al corriente en el pago de sus contribuciones, como predial y agua. Además, debe asegurarse de la identidad del comprador, pues existen casos en los que las personas roban una identidad y obtienen mediante falsificación documentos”.

El Notariado Mexicano también recomienda hacer el testamento. En este documento, que se otorga de manera formal ante notario público, expresas de manera clara a quién y cómo se desean distribuir los bienes que tenga al momento de su muerte.

“El testamento es un tema de responsabilidad, pues sin importar la cantidad de bienes que se tengan, el proceso para la adjudicación a los herederos o legatarios es el mismo”.

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Diego Rodríguez

Egresado de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán de la carrera en Comunicación, con especialidad en medios escritos. Reportero del desaparecido periódico Nuestro México, en donde cubrió las fuentes delegacionales y Asamblea Legislativa. También trabajó en la Coordinación de Comunicación Social en la delegación Álvaro Obregón. Le gusta leer novelas y cuentos.


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