La vigencia de estos estímulos será a partir del ejercicio fiscal de 2015, cuando los contribuyentes trasladen, cobren y paguen dicho gravamen a la tasa de 16 por ciento por la enajenación de esos productos
A partir del día de hoy, y con el objetivo de promover el desarrollo y construcción de viviendas a precios accesibles para las familias mexicanas, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público hizo oficial a través del Diario Oficial de la Federación, un decreto donde se otorgan apoyos a la construcción de vivienda.
La dependencia estableció el beneficio para los prestadores de servicios parciales de construcción destinada a vivienda consistente en un estímulo fiscal equivalente al ciento por ciento en el pago de IVA que se cause por estos servicios.
La medida, informó la dependencia, es evitar que este gravamen impacte en un incremento en el precio final de las viviendas al tiempo que la medida refleje beneficios a las familias y facilitar la adquisición de inmuebles de calidad.
El estímulo fiscal se aplicará en servicios parciales de construcción prestados en inmuebles destinados a casa-habitación y que sean identificados.
Para asegurar un tratamiento fiscal homogéneo y condiciones de competencia similares en la enajenación de suplementos alimenticios en toda la cadena de comercialización, es necesario condonar el pago del IVA y sus accesorios causado hasta el 31 de diciembre de 2014.
La vigencia de estos estímulos será a partir del ejercicio fiscal de 2015, cuando los contribuyentes trasladen, cobren y paguen dicho gravamen a la tasa de 16 por ciento por la enajenación de esos productos.
También indicó que las sociedades cooperativas de producción que determinen utilidad gravable del ejercicio fiscal y no la distribuyan, podrán diferir la totalidad del Impuesto Sobre la Renta (ISR) del ejercicio determinado por tres ejercicios fiscales siguientes.
Para ello, apunta, deberán destinar un monto equivalente al ISR diferido en inversiones productivas que generen mayores empleos o socios cooperativistas.