Con las modificaciones a la Ley del ISSFAM los militares tendrán la posibilidad de mancomunar financiamiento para acceder a mejores viviendas
Este miércoles, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las modificaciones al artículo 108 de la ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, con lo que se abre la posibilidad para que los elementos castrenses puedan mancomunar sus créditos de vivienda con sus cónyuges, a pesar que estos coticen en alguna otra institución, como Fovissste o Infonavit.
Las modificaciones fueron aprobadas por el Senado de la República el pasado 4 de abril. Estas, a la letra establecen que los militares “podrán mancomunarse los créditos de cónyuges que no pertenezcan a las Fuerzas Armadas y que por su actividad laboral sean beneficiarios de créditos del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de la Comisión Nacional de Vivienda o de cualquier otra institución de seguridad social que otorgue esta prestación a cónyuges o concubinos de militares para adquirir vivienda”.
Las adiciones al artículo señalan que los militares podrán unificar sus financiamientos no sólo para adquirir vivienda, sino para construir, reparar, amplia o mejorar sus casas, incluso, utilizar los recursos para el pago de pasivos relacionados con los conceptos anteriores.
Luis Antonio Godina Herrera, vocal ejecutivo de Fovissste, encomió la decisión y dijo que esta prestación es un reconocimiento a la labor de las fuerzas castrenses.