Diputados aprobaron reformar distintas legislaciones para adecuarlas a la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano
Este martes, la Comisión de Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad, presidida por la diputada Pilar Lozano Mac Donald, aprobó reformar las leyes de Vivienda, Agraria, General de Bienes Nacionales, General de Turismo, y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, con el fin de adecuarlas con la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.
De la Ley Agraria se modificarán los artículos 20, párrafo segundo, y 89, a fin de establecer que el ejercicio de los derechos de propiedad a que se refiere en lo relacionado con el aprovechamiento urbano y el equilibrio ecológico, se ajuste a lo dispuesto en la General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, y en la del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Además, la reforma a dicha ley también determinará que en toda enajenación de terrenos ejidales ubicados en las áreas declaradas reservadas para el crecimiento de un centro de población se deberá respetar el derecho de preferencia de los gobiernos de los estados y municipios, establecido por la de Asentamientos Humanos.
Asimismo, se modificará el artículo 87 de la Ley General de Bienes Nacionales, para que los inmuebles federales que, por su superficie y ubicación, sean adecuados para su aplicación a programas de vivienda, puedan afectarse al desarrollo de dichas acciones, a través de instituciones públicas o privadas que lleven a cabo actividades de tal naturaleza.
Esta legislación exceptuará a aquellos inmuebles que sean útiles para destinarlos al servicio público, al uso común, los utilizados para fines religiosos y los considerados monumentos históricos o artísticos.
También se reformará el primer párrafo del artículo 25 de la General de Turismo, con el propósito de señalar que la integración, expedición, ejecución y evaluación del ordenamiento turístico general del territorio se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en esta ley y su reglamento, así como en la General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y en la General de Asentamientos Humanos.