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El derecho a la vivienda como derecho humano

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Por Alejandra Calderón Flores*

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4° que “Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa”.

 

El derecho humano a la vivienda en México, que tiene como fundamento el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el artículo  4 y 123 constitucional y el artículo 3 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), al establecer que se debe otorgar crédito “barato” a los trabajadores, se observa que a nivel factual el crédito otorgado a los trabajadores no es menor que el otorgado por las instituciones bancarias, es igual o superior.

 

El Estado tiene la obligación de respetar, proteger y desarrollar acciones que permitan a las personas disponer de una vivienda adecuada, su adquisición no debe ser excesiva de tal manera que las personas puedan acceder a un lugar donde vivir sin comprometer la satisfacción de otras necesidades.

 

Contar con una vivienda digna y decorosa es un derecho humano fundamental de los mexicanos.  Aunado a lo anterior es preciso señalar que en México el 75% aproximadamente del uso de suelo corresponde a la vivienda ya que la vivienda es uno de los principales activos que forman el patrimonio de las familias mexicanas y en lo general se considera como una inversión para preservar nuestra economía. 

 

La demanda de vivienda es muy alta, este fenómeno se debe al elevado crecimiento demográfico registrado en las últimas décadas y va ligado a los limitados recursos financieros para apoyar los programas oficiales de vivienda, sobre todo para la población de ingresos mínimos.

 

En México, el Infonavit es considerado la principal institución del Estado mexicano para que las familias puedan ejercer su derecho constitucional a una vivienda digna. Se calcula que siete de cada diez créditos de vivienda en el país son otorgados por esta institución.

 

“Toda familia tiene derecho a una vivienda digna y decorosa”, la afirmación del artículo 4o. constitucional constituye un derecho humano consagrado por pactos internacionales y por la legislación nacional, sin embargo, las declaraciones internacionales de Derechos humanos indican que no solo debe existir el enunciado general que establece un derecho humano, sino los mecanismos que cada Estado debe emplear para hacerlos efectivos, el artículo 123 constitucional establece como derecho laboral el de una vivienda digna para los trabajadores e indica que debe existir una institución para hacerlo efectivo, para ese fin se crea el Infonavit, sin embargo, el crédito otorgado a los trabajadores no es barato, sin embargo, se podría decir que el crédito otorgado a los trabajadores no es barato pues es a muchos años y la tasa de interés es muy alta, debería considerar el Gobierno mejorar las tasas de interés para q estos créditos no se vuelvan a futuro impagables y el trabajador obtenga con mayor liquidez su vivienda que a final de cuentas se convertirá en su patrimonio principal. 

 

Un primer elemento a subrayar respecto de estas disposiciones jurídicas, es que se trata de uno de los pocos casos del orden jurídico nacional, en que se reconoce un derecho de tipo colectivo; es decir, la vivienda digna y decorosa es un derecho que tienen las familias, lo cual constituye un reto en términos tanto conceptuales como de derechos humanos, pues la vivienda digna y decorosa debería ser un derecho humano, independientemente de que se viva o no en familia, como es el caso de los millones de personas que viven solas en nuestro país.

 

Independientemente de lo anterior, la información del Censo de población y vivienda, 2020, así como de la Encuesta Nacional de Ingreso y Gasto en los Hogares, 2021 (ambos instrumentos diseñados y procesados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), permiten sostener que en México hay un amplio incumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en esta materia.

  

En esa lógica, y atendiendo a la obligación de las autoridades gubernamentales de dar cumplimiento progresivo a los derechos que reconoce nuestra Constitución, es evidente que deben diseñarse programas y acciones que le permitan a las personas acceder a una vivienda con la calidad que implican las definiciones constitucional y legal; tomando en cuenta las características de las viviendas que en mayor medida vulneran ese derecho, a fin de ir avanzando aceleradamente hacia la generación de condiciones de una mayor habitabilidad de las mismas.

 

México no puede seguir siendo un país que desperdicia recursos, y menos aún cuando lo que está en juego es el cumplimiento de mandatos constitucionales tan relevantes como el señalado; y por ello es urgente hacer más, mucho más, para lograr que toda persona pueda tener un espacio digno dónde realizar sus proyectos de vida.

 

Concluyo con lo siguiente: El patrimonio es de las cosas más importantes que tienen todos los seres humanos y solo con nuestra fe pública los Notarios transmitimos esa tranquilidad y certeza jurídica a las personas, es por ello que coadyuvando con los Gobiernos a través de propuestas podemos ayudar a que los trabajadores a futuro obtengan con mayor facilidad su vivienda digna y decorosa.

*Notaria Alejandra Calderón Flores

Torreón Coahuila México

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