Rosario Robles Berlanga otorgó la documentación que avala al Canal del Congreso como titular de un predio en el Cerro del Chiquihuite
Con la finalidad de dar certeza jurídica, la titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), Rosario Robles Berlanga, entregó en el Senado de la República los documentos que acreditan al Canal del Congreso como propietario de un predio de 1,500 metros cuadrados ubicados en el Cerro del Chiquihuite, en donde el canal instalará una antena y caseta de transmisión de su señal.
Al entregar la documentación, la funcionaria federal subrayó que con esta acción se da certeza al funcionamiento del canal, el cual, dijo “tienen una enorme relevancia pública para nuestra democracia”.
“Un elemento central del derecho a la información es que las personas puedan beneficiarse de fuentes de información que transmitan ideas plurales y diversas. Y eso es justo lo que hace el Canal del Congreso”, dijo Robles Berlanga.
Añadió que el Canal del Congreso abona a la transparencia y pluralidad, al permitir que las diversas fuerzas políticas puedan difundir sus posturas, decisiones y argumentos.
“Nos satisface que el Gobierno de la República a través de la Sedatu pueda contribuir a este proceso y dar a la operación del Canal del Congreso plena certeza jurídica. Hoy sentimos que la SEDATU pone sus esfuerzos al servicio de los derechos fundamentales (derecho a la información) que la Constitución reconoce a las personas”, apuntó.
La entrega de esta carpeta básica de documentos permitirá al Canal del Congreso optimizar sus recursos, puesto que, al no contar con un espacio para instalar una antena y caseta de transmisión, la señal abierta del canal se difundía a través de las instalaciones de Canal 22lo que representaba un gasto de 750 mil pesos mensuales.
Cabe señalar que la carpeta básica que entregó Robles Berlanga contiene, entre otras cosas: el Decreto Expropiatorio de fecha 15 de julio, emitido por el titular del Ejecutivo Federal; el Acta de Posesión y Deslinde que se levantó al momento de ejecutar la expropiación; y el Plano Definitivo, documento legal y gráfico que determina la extensión y límites del predio.