El Pleno con 73 votos a favor realizó modificaciones a 18 leyes para sustituir la denominación de la Sedatu para su máximo aprovechamiento
El Pleno del Senado de la República aprobó, con 73 de votos, modificaciones a 18 leyes con la finalidad de adecuar el marco normativo y sustituir la denominación de Secretaría de la Reforma Agraria por la actual de Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu).
Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Reforma Agraria, Francisco García Cabeza de Vaca, señaló que estas adecuaciones obedecen a las atribuciones conferidas a la Sedatu a partir de las reformas a Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicadas el 2 de enero de 2013.
El senador del Partido Acción Nacional señaló que la Sedatu tiene diversas atribuciones en el ámbito agrario, en materia de desarrollo urbano, regional, de vivienda, planeación y ordenamiento del territorio nacional para su máximo aprovechamiento.
También dijo que es responsabilidad de esta dependencia federal atender a la población en zonas rurales para equiparar sus condiciones de vida con las existentes en los centros urbanos.
“El Estado debe ser capaz de regular el uso de suelo, del destino de las tierras que integran el territorio nacional, y proporcionar condiciones para su aprovechamiento óptimo y sustentable”, comentó.
También García Cabeza de Vaca señaló que a través de esta reforma se pretenden evitar confusiones en la redacción de las leyes, en aras de contribuir a un adecuado control normativo que dé certeza, seguridad jurídica y que le permita desempeñar de mejor manera a la Sedatu las atribuciones, facultades y obligaciones encomendadas por el Constituyente.
“Debemos ser conscientes de los datos que arrojan las evidencias científicas sobre la existencia de un cambio climático, resultado de la acumulación en la atmósfera de gases de efecto invernadero, inducido por las actividades de los seres humanos”, señaló.
Las leyes que fueron modificadas son: Agraria; de Asociaciones Público Privadas; Cooperación Internacional para el Desarrollo; de Desarrollo Rural Sustentable; de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles; Sociedades de Solidaridad Social; Vivienda; del Instituto Nacional de las Mujeres; de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.
Además, Ley Federal de Derechos; General de Asentamientos Humanos; General de Bienes Nacionales; General de Cambio Climático; General de Desarrollo Forestal Sustentable; General de Desarrollo Social; General de Población; General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; y Ley Orgánica de la Financiera Rural.