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Damnificados pueden atender necesidades con varias opciones

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Especialistas de la UNAM consideran que puede haber un sismo de mayor magnitud en las costas de Guerrero

Como consecuencia de los sismos de septiembre se creó la página ‘Salva tu casa’, cuyo objetivo es que la gente conozca el grado de daños que tuvo su vivienda y saber si es habitable o no, a dicha página se pueden enviar fotografías del lugar afectado para que sea evaluado por Protección Civil, quién hará la evaluación correspondiente.

En caso que los habitantes de un edificio tengan contrato de arrendamiento, el propietario del inmueble tienen la responsabilidad de llamar a Protección Civil, para una evaluación física del espacio y saber si se trata de daños irreparables o no.

Si los daños no se pueden revertir, a través de un escrito a los inquilinos se les pide desalojar y el contrato de arrendamiento es terminado. En caso de que haya pagos de rentas adelantados el dueño lo rembolsa, si se trata de un atraso, el propietario está en su derecho de exigir que se cumpla con lo que se debe.

Si se pueden hacer trabajos de reparación y hay un uso parcial, el titular de la propiedad se hace cargo de los gastos de reparación, a menos de que el contrato determine lo contrario. Asimismo, los arrendatarios pueden pedir que se reduzca la renta, como lo indica el Código Civil para la Ciudad de México en el artículo 2432.

Las personas que rentan, vivienda u oficina, tienen que revisar sus contratos para verificar su vigencia, saber qué prevé cuando hay un siniestro y conocer bajo qué condiciones pueden concluirlo. En cualquier tipo de daño, el inquilino tiene que avisar al casero para que este pueda realizar las acciones necesarias.

Cuando se trata de un evento fortuito, como un sismo, los edificios pueden colapsarse y dañar propiedades contiguas, en este caso en específico no hay responsabilidad legal. Si se requiere demoler, es indispensable que el dueño observe las disipaciones administrativas aplicables en materia de contaminación y desperdicios.

En cuanto a pérdida total, de acuerdo con el artículo 2431 del Código Civil, el inquilino queda completamente liberado de la responsabilidad de pago de renta. Es importante contactar al seguro, si se cuenta con uno, para saber si cubre daños ocasionados por un terremoto.

Temas laborales

Después de los dos terremotos, hubo suspensión de labores en los lugares afectados. Estos decretos, establecidos por el gobierno federal, no obligan a las empresas a interrumpir su jornada diaria, siempre y cuando las condiciones del edificio hayan sido revisadas y no exista riesgo.

Los empleados que estén imposibilitados para asistir a trabajar, deben de avisar a sus jefes, esos días serán descontados de su paga, sin importar si hay justificación.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que si un empresa tiene que cerrar, por causas de fuerza mayor y finalizar relaciones laborales, el empleador está obligado a avisar en la Junta de Conciliación y Arbitraje de una terminación colectiva, si esto se llevaba a cabo, los empleados reciben una indemnización de tres meses y prima antigüedad, consiste en el pago de doce días de salario, por cada año de servicio.

Responsabilidad en los daños

Las autoridades pueden o no ser responsables de los daños, se tiene que analizar caso por caso para conocer las particularidades específicas de cada edificio. Lo más importante será definir si la construcción cumplía con el ordenamiento de uso de suelo que le correspondía o si excedía los límites permitidos por el plan de desarrollo.

Lo mismo pasa con las constructoras, es necesario estudiar los casos para poder determinar si se les atribuye la responsabilidad. Si hay un evidente abuso a las normas técnicas de construcción, para la Ciudad de México, se pueden iniciar acciones civiles o penales en contra de la constructora.
Con respecto a la calidad y materiales de construcción, por regla general, las delegaciones no tienen facultades y atribuciones el conocimiento técnico ni con los profesionales necesarios para verificar que cumplan con las normas.

A fin de solventar este problema, la Ley de Desarrollo Urbano y en el Reglamento de Obras del Distrito Federal contempla la figura de Director Responsable de Obra (DRO).

Un DRO es un arquitecto o ingeniero certificado que auxilia la administración pública, además es el principal responsable de que se sigan las normas técnicas durante una construcción. Este tiene que actualizar su carnet y renovar su registro cada tres años.

Recursos del Fonden

El Fondo de Desastres Naturales (Fonden) es un instrumento de la federación que tiene como objetivo autorizar y aplicar recursos para mitigar los efectos que produzca un fenómeno natural.

El 11 y 12 de septiembre fue publicado en Diario Oficial de la Federación decretos que activan apoyos para Oaxaca y Chiapas, derivado del sismo del 7 de septiembre, a través del Fonden.

Quienes tienen acceso a estos recursos son los gobiernos de los estados, por eso después de que ocurre una catástrofe, las entidades federativas deben realizar una solicitud de declaratoria de desastre natural a la Secretaría de Gobernación. La entrega de recursos es canalizada a través de programas específicos, ni los gobiernos ni la población los reciben de forma directa.

Las autoridades locales, entidades federativas y la Secretaría de Desarrollo Social, definirán los mecanismos y estrategias para validar los daños a las viviendas, una vez que sean determinados, se podrá calificar la elegibilidad de los habitantes para obtener recursos y posteriormente crearan un padrón de beneficiarios.

Previsiones ante fenómenos naturales

El temblor del siete de septiembre tuvo con una magnitud 8.2 grados, dejó graves daños en Chiapas, lugar del epicentro, y Oaxaca. El reporte del Gobierno Federal indicó que 110,000 inmuebles requieren reparación o deben ser demolidos.

El segundo sismo fue el día 19, esta vez de 7.1 grados, con epicentro en Morelos y al estar más cerca de la Ciudad de México provocó mayores daños en la capital del país. El jefe de gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera, dijo que 38 edificios se colapsaron y más de 3,000 necesitan algún tipo de arreglo. Mientras que en Morelos, de acuerdo con un reporte del Gobierno Estatal, el municipio más afectado fue Jojutla, con 150 inmuebles colapsados.

Sismólogos de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), advierten la probabilidad de otro terremoto de mayor intensidad. Esto es porque en las costas del de Guerrero existe una brecha sísmica de 250 kilómetros (km), donde no ha ocurrido un temblor significativo en más de 60 años y podría ser de una magnitud superior a ocho grados.

La brecha está ubicada a unos 300 km de la Ciudad de México, aproximadamente 150 km más cerca que la zona del epicentro del terremoto de 1985.

Los expertos sugieren, que si este sismo ocurriera en un futuro, las aceleraciones del suelo blando en la Ciudad de México podrían ser, bajo ciertas condiciones, mayores que las del sismo reciente y dos a tres veces más que las de 1985, en especial para edificios de más de diez pisos.
Incluso, la duración del movimiento del suelo podría ser más prolongada a las experimentadas en 2017, con tres minutos.

La guía completa puede ser consultada aquí.

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Estefanía Tinajero


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