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Condonarán pagos de derechos para vivienda

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Con el propósito de incentivar la construcción y regularización de viviendas en la CDMX

El gobierno capitalino condonará 100% el paso de diversos derechos y aprovechamientos con el fin de incentivar la construcción y regularización de viviendas en la Ciudad de México.

Principalmente, aquellos que construyan desarrollos habitacionales financiados por entidades de la administración pública local, no pagarán, ya sea de viviendas unifamiliares de no más de 200 metros cuadrados, ampliaciones; reparaciones; modificaciones; o por obras de mayor tamaño, esto de acuerdo a los conceptos establecidos en los artículos 300,301 y 302 del Código Fiscal de la Ciudad de México.

Asimismo, no se pagarán derechos por la instalación, reconstrucción, reducción o cambio de lugar de tomas de agua potable o residual tratada y su conexión a las redes de distribución ni por las de desagüe; así como por los trámites y estudios, y la autorización para usar esas redes.

El documento indica que los beneficios deberán tramitarse a más tardar el 15 de diciembre de 2017 ante el Sistema de Aguas de la Ciudad de México los relacionados con agua y drenaje, y ante la Administración Tributaria Coruña, los de construcción de vivienda; fue publicado en la Gaceta Oficial.

Además, el gobierno de la ciudad otorgará facilidades para la regularización de viviendas construidas o financiadas por instituciones públicas locales o federales mediante la constitución del Régimen de Propiedad en Condominio y la individualización de las unidades privativas resultantes.

Los interesados tendrán 100% de descuento en el pago de Impuesto Predial; contribuciones de mejoras; derechos por el registro de Manifestación de Construcción tipos A,B y C; derechos por los servicios de construcción y operación hidráulica; con el fin de apoyar y facilitar la constitución de este régimen.

Finalmente, se exime del pago de derechos por Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo; por demolición que preste la Ciudad de México; por la expedición de copias certificadas de heliográficas de plano y constancias de adeudos, y por revisión de datos e información catastrales.

Al igual que por aprovechamientos por efectos de impacto vial; por construcciones o sus ampliaciones, y las multas por falta de obtención de las licencias relativas a las construcciones existentes y por la no presentación de los avisos correspondientes.

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Priscila Díaz


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