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Publican reglas para otorgamiento de créditos de Infonavit

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Por decreto, todas las viviendas tendrán que contar con accesibilidad y ecotecnologías; se incribe el concepto de crédito no indexado al salario mínimo, entre otros

Las Reglas con fundamento en lo dispuesto por el artículo 47 de la Ley del Infonavit, establecen los nuevos términos y requisitos conforme a las cuales se otorgarán los créditos a que se refiere la fracción II del artículo 42 para acceder a adquisición en propiedad de habitaciones, financiadas o no por el Infonavit; a la construcción de vivienda; a la reparación, ampliación o mejoras de habitaciones, y al pago de pasivos.

Las nuevas definiciones que se contemplan en el otorgamiento son Crédito Conyugal, Crédito Indexado al Salario Mínimo, Crédito Integral, Crédito No Indexado al Salario Mínimo, Cuota Mensual de Amortización, Ecotecnologías, Entidad Financiera, Gastos de Apertura y Gastos de Administración, entre otros.

También se contempla el concepto de sobre adquisición de vivienda, lo cual implica que se pretenda adquirir, construir, reparar, ampliar, mejorar, o por la que se pretenda cubrir pasivos adquiridos por cualquiera de estos conceptos; que la vivienda sea cómoda e higiénica y estar ubicada en zonas que cuenten con toda la infraestructura urbana; que cuente con servicios de agua potable, energía eléctrica, drenaje o, en su defecto, fosa séptica y contar con ecotecnologías.

La vivienda deberá tener una vida útil probable de treinta años, a partir del otorgamiento del crédito, y ser garantía suficiente del mismo.

La vivienda de que se trate deberá tener uso habitacional. No serán susceptibles de ser objeto de crédito aquellos inmuebles que se destinen a accesorias o locales comerciales y, en general, inmuebles de productos.

En el Diario se establece que los cambios fueron en base a los artículos 16, fracción IX, 47 y 48, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en la sesiones ordinarias número 746, 749, 753, 755, 756, 759 y 771 celebradas los días 26 de junio y 25 de septiembre de 2013 y 29 de enero, 26 de marzo, 7 de abril y 30 de julio de 2014 y 29 de julio de 2015, respectivamente, el Consejo de Administración del Infonavit emitió las resoluciones RCA-4243-06/13, RCA-4384-09/13, RCA-4385-09/13, RCA-4483-01/14, RCA-4484-01/14, RCA-4561-03/14, RCA-4592-04/14, RCA-4716-07/14, RCA-5109-07/15 y RCA-512107/15,mediante las cuales aprobó las adecuaciones a las «Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores».

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Mario Vázquez Barrios

Me inicié en El Financiero haciendo reportajes; en MegaNoticias Televisión fui reportero titular; en EMedios, control de calidad; y Radio 13 Noticias me acogió como colaborador. Me gusta encontrar en las banquetas la nota, una entrevista y el inicio de un reportaje.


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