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Juez acredita que GEO entregará viviendas

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La Profeco representa a 354 compradores en una acción colectiva contra Geo, sin embargo, juez reconoce que la desarrolladora cumplirá con los compromisos de vivienda pactados

Según la sentencia de un juez donde se reconocen a todos los acreedores de la empresa, el grupo de personas representadas por la Procuraduría Federal del Consumidor no son consumidores sino compradores de viviendas al amparo de contratos de compraventa que aún son válidos y exigibles, por lo que la empresa se compromete a entregarles sus casas.

«Continúan obligadas las partes a su cumplimiento (del contrato), en consecuencia, el grupo de personas representadas por la Profeco no tiene derecho a recibir un pago de la comerciante, pues ésta no adeuda cantidad alguna a su favor y sí en cambio tiene la obligación de entregar la vivienda pactada», advierte el documento.

Esto es que la empresa tiene la obligación de entregar la vivienda que los clientes habían acordado con la desarrolladora antes de que entrara en concurso mercantil.

La Profeco representa a 354 compradores en una acción colectiva contra la empresa, la cual esperaba que pudieran obtener un reembolso de por lo menos 20 por ciento del daño causado, ya que sus viviendas no fueron entregadas.

El recurso se interpuso en contra de Geo DF, Banco Invex y los socios de la empresa: Luis Orvañanos, Carlos García Vélez, Roberto Cruz, Emilio Cuenca y Miguel Gómez Mont.

Sin embargo, la sentencia refiere que el conciliador del concurso, Thomas Heather, afirmó que la obligación que tiene la desarrolladora con los consumidores no tiene que ser reconocida como crédito exigible en este momento, sino que Geo tiene la obligación de entregar las viviendas vendidas.

«La obligación que la comerciante tiene con los consumidores no tiene porque ser reconocida como crédito exigible en este momento. La comerciante tiene obligación de entregar esas viviendas. Que la sentencia que declaró en concurso mercantil a Corporación Geo no deja sin efectos los contratos que haya celebrado», argumentó el conciliador.

La sentencia del juez advierte que sólo en el caso de los consumidores que dieron un anticipo con la finalidad de celebrar de manera posterior un contrato de compraventa y que por algún motivo no se haya celebrado, éste será devuelto.

«Dicho anticipo será devuelto a quien demuestre haberlo enterado por lo que se está reconociendo cierta reserva denominada «acreedores por anticipos» para que aquellos puedan reclamarlos», según la sentencia.

Como se recordará, Profeco fue desconocido como acreedor en el concurso mercantil de la desarrolladora de vivienda GEO, de tal forma que los compradores que representa a través de una acción colectiva no obtendrán el reembolso esperado.

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Mario Vázquez Barrios

Me inicié en El Financiero haciendo reportajes; en MegaNoticias Televisión fui reportero titular; en EMedios, control de calidad; y Radio 13 Noticias me acogió como colaborador. Me gusta encontrar en las banquetas la nota, una entrevista y el inicio de un reportaje.


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