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Eximen de predial a condominios habitacionales  

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Los interesados en acceder al programa deberán presentar su solicitud en el módulo de la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial

 

A partir de hoy y hasta el 31 de diciembre de 2014, estará en vigor el programa del Gobierno del Distrito Federal sobre la condonación de adeudos del impuesto predial al cien por ciento a los inmuebles constituidos bajo la modalidad del Régimen de la Propiedad en Condominio.

De acuerdo con el Documento publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, accederán a este beneficio los inmuebles que no estén registrados en el Padrón Catastral respectivo y que se encuentren en la citada modalidad hasta el 31 de diciembre de 2009.

Para ello, la Secretaría de Finanzas capitalina, que será la encargada de la interpretación del programa para efectos administrativos y fiscales, indicó que los interesados deberán presentar solicitud por escrito en el módulo de la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial, dentro del ejercicio fiscal 2014.

El condominio deberá de ser de uso habitacional y en caso de contar con un uso distinto, no deberá rebasar 30 por ciento de la superficie total de construcción existente en la planta baja del inmueble.

Otros de los requisitos es el formato de la Declaración de Valor Catastral y Pago del Impuesto Predial que incluya los bimestres respecto a los cuales se solicite la condonación; así como la escritura de la Constitución del Régimen de Propiedad en Condominio, en trámite de inscripción o inscrita ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, con sus respectivos anexos.

La Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial realizará la individualización de las cuentas condominales dentro de un plazo no mayor a los 40 días hábiles a partir de la solicitud al programa.

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